El INV eliminó trámites para ingresar uva a bodegas y registrar viñas

 El INV eliminó trámites para ingresar uva a bodegas y registrar viñas

Un nuevo código reemplaza la Tarjeta del Viñatero usada desde 2021 para el movimiento de uva. Los nuevos requisitos del INV para registrar viñas y producir.

¿Se puede con una resolución facilitar el registro de viñas en el país en general, y en Mendoza en particular? ¿Es posible del mismo modo propiciar el ingreso de uva a las bodegas? Para el INV, sí: de hecho, el organismo dio un paso más para desregular a la vitivinicultura con menos trámites o, en otras palabras, eliminar burocracia en ambos procedimientos.

“Con la finalidad de desburocratizar y simplificar procesos administrativos existentes se hace oportuno revisar (las resoluciones anteriores), eliminando procesos que resulten una carga innecesaria para los inscriptos”, señaló el INV en la resolución que modifica la reglamentación en ambos aspectos, firmada por su presidente Carlos Tizio.

La primera medida apunta a asignar un número identificatorio por cada uno de los productores que ingresen uva bodegas u otros establecimientos. La restante decisión: quienes quieran registrar un viñedo, si bien seguirá la opción de hacerlo presencialmente en las oficinas del INV, podrán gestionarlo a través de un trámite a distancia.

Se trata de la segunda decisión en los últimos meses tendiente a continuar con la desregulación de la industria. En noviembre, el organismo había reformulado los análisis de rigor para la elaboración de uva a partir de la cosecha 2025.

Ingreso de uva

Cada vez que se complete la clásica Declaración Jurada de ingreso de uva “deberá identificarse con un número unívoco, que será asignado por el INV a cada productor”.

Se trata de un número digital, a gestionar a través de la página oficial del INV y del sitio servicios INV del ARCA, de no contar con los recursos informáticos para obtenerlos, el titular del viñedo, persona autorizada o apoderado legal, podrá retirarlo en la correspondiente dependencia jurisdiccional de este Instituto”

La nueva decisión del INV es el segundo cambio que se implementa en los últimos 10 años. En agosto de 2014 el organismo había empezado a exigir la “cédula del viñedo“.

Seis años después, en 2021, ese requerimiento fue reemplazado por la Tarjeta del Viñatero.

Ahora, esa figura queda de lado. En adelante, se aplicará el “número unívoco” que identifique a cada productor que ingrese uva a una bodega o establecimiento elaborador.

Registro de viñas

Por otra parte, ejercer la actividad vitivinícola en adelante requerirá inscribir los viñedos ante el INV a través de Trámite a Distancia del Sistema de Gestión Documental Electrónica o en forma presencial en las oficinas del organismo.

Así, el interesado obtendrá un nuevo Código de Operación consignado en el “Certificado de Inscripción Digital del Viñedo”. Eso le permitirá gestionar los números a colocar en cada Declaración Jurada de Ingreso de Uva.

Los requisitos para hacerlo son:

  1. Escritura en el Registro de la Propiedad o documentación que acredite titularidad o derecho de explotación.
  2. Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  3. Acta de Constitución de la Sociedad o Estatuto Social (solo persona jurídica).
  4. Formulario Nº 1787 – Declaración Jurada de Viñedos (modelo publicado en la página web del INV).

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