La líder de la Tupac Amaru Nélida Rojas aspira a ser diputada por el PJ aunque está procesada en 200 causas

 La líder de la Tupac Amaru Nélida Rojas aspira a ser diputada por el PJ aunque está procesada en 200 causas

Nélida Rojas está imputada de asociación ilícita, coacción agravada, extorsión y estafas en las causas de construcción de casas en Lavalle. Como no está condenada, está habilitada para ser precandidata a diputada provincial en la lista del aspirante a gobernador Alfredo Guevara

Uno de los precandidatos a gobernador del PJ, Alfredo Guevara, difundió este martes la lista completa de quienes lo acompañarán en la boleta en las elecciones provinciales, y allí figura que la líder de la Tupac Amaru, Nélida Rojas es precandidata a diputada provincial por el primer distrito, que incluye a Lavalle, de donde es oriunda.

Según pudo constatar Diario Uno con la fiscalía de Delitos Económicos, Rojas está imputada desde abril del 2017 en más de 200 causas, ya que sobre ella pesan acusaciones de asociación ilícita, fraude a la administración pública, coacción agravada, extorsión y estafas, todas vinculadas a la construcción de viviendas con la organización Tupac Amaru en Lavalle.

Si bien aún no ha sido condenada en ninguna de ellas, también se confirmó desde el Poder Judicial, que 20 de esas causas ya fueron elevadas a juicio, aunque su abogado, precisamente el precandidato Alfredo Guevara, se opuso desde lo técnico a que 16 de esas causas llegaran a juicio. Esos expedientes están ahora en manos de la Eleonora Arenas, jueza de un tribunal penal colegiado.

El abogado Alfredo Guevara, defensor de Nélida Rojas, decidió llevarla como cabeza de lista de sus candidatos a diputado provincial en el primer distrito electoral.

El abogado Alfredo Guevara, defensor de Nélida Rojas, decidió llevarla como cabeza de lista de sus candidatos a diputado provincial en el primer distrito electoral.

La investigación de varias de esas causas absolvió a varios implicados, pero Rojas no ha sido absuelta en ninguna de ellas. Sí estuvo presa durante un año, hasta que un fallo de la Octava Cámara la liberó a ella y otros integrantes de la organización social en 2018.

Por tanto, al no haber recibido ninguna condena, la ley de Ficha Limpia, que rige en Mendoza e impide participar de las elecciones a quien haya tenido una condena de primera instancia, la habilita para ser candidata, y en este caso competir por una banca en la Legislatura.

“Nélida Rojas es un emblema de la manipulación del Poder Judicial”
Al ser consultado por su elección de llevarla en sus listas, el precandidato Alfredo Guevara argumentó que se decidió a sumarla a la boleta porque “Nélida Rojas es un emblema de la manipulación del Poder Judicial”.

“Fijate que de todo de lo que se la acusó hace más de 6 años, no hay ninguna causa con condena. Además hay que tomar en cuenta que hubo un manejo del Gobierno del Poder Judicial y aún así no hay ninguna causa en la que se haya hecho un juicio oral”, aportó Guevara en diálogo con Diario UNO.

El abogado que aspira a ser gobernador, acotó además que desde el espacio político que él lidera, pretenden “mostrar las casas, las 1.000 viviendas que construyó la Tupac Amaru en el gobierno de Cristina (Kirchner), que están y la gente las puede ver”, adelantó y de hecho esas viviendas se muestran en los videos de campaña de esa línea interna del frente Elegí.

Qué supone la ley de Ficha Limpia que rige en Mendoza
El proyecto de Ficha Limpia, que impulsaron María José Sanz y José Orts (UCR), se convirtió en ley a fines de noviembre del 2020 en Diputados luego de que la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales avalara las modificaciones introducidas por la Cámara de Senadores. El 20 de diciembre de ese año fue promulgada.

En líneas generales, se incorporaron más delitos a las limitaciones para poder ser candidato a un cargo electivo, como el homicidio simple, el homicidio en ocasión de riña, por abandono de personas que derive en muerte, trabajo infantil y homicidio en ocasión de robo o tentativa de robo.

El texto incorpora el inciso 3) al artículo 37 de la Ley Nº 4746 (Orgánica de Partidos Políticos), estableciendo que no podrán ser candidatos a cargos partidarios, ni precandidatos en elecciones primarias, ni candidatos en elecciones generales a cargos públicos electivos (…), las personas que se encuentren condenadas, en juicio oral y público, a pena privativa de la libertad, aunque la sentencia no se encontrare firme y la pena fuera de cumplimiento en suspenso, por:

Delitos contra la administración pública.
Delitos contra el orden económico y financiero.
Delitos contra las personas comprendidos en el Código Penal.
Delitos contra la integridad sexual.
Delitos contra el estado civil.
Delitos contra la libertad.
Delitos contra la propiedad.
Delitos contra los poderes públicos y el orden constitucional.
Los partidos políticos o alianzas electorales, a fin de acreditar el cumplimiento de estas disposiciones, deberán exigir a todos los precandidatos y candidatos titulares y suplentes que integren sus listas, para cualquier cargo electivo provincial y municipal, el Certificado de Antecedentes Penales (CAP) emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, “siendo responsables directos de su presentación” ante los órganos con competencia electoral. Este certificado se deberá acompañar junto con la presentación de listas, tanto en las elecciones primarias como en las generales.

En caso de haberse advertido su falta de presentación, el organismo con competencia electoral intimará, por única vez, al partido político o alianza electoral al cumplimiento de ese requisito o al reemplazo del precandidato o candidato, en un plazo de 24 horas. En caso de no adjuntarse el Certificado de Antecedentes Penales correspondiente o, en su defecto, en caso de no producirse el reemplazo del precandidato o candidato en el término previsto, la lista de ese partido político o alianza electoral será considerada como lista incompleta y no podrá participar de las elecciones provinciales o municipales.

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