Sube el tope de ingresos para recibir subsidios de luz y gas: quiénes pueden pedirlos

 Sube el tope de ingresos para recibir subsidios de luz y gas: quiénes pueden pedirlos

Se modificaron los segmentos tarifarios y más familias pueden acceder a los subsidios energéticos. Cómo anotarse en el registro RASE.

Por la escalada de la inflación, se elevó el tope máximo de ingresos para que los usuarios puedan solicitar los subsidios a las tarifas de luz y gas, elevando significativamente el umbral de ingresos familiares.

Esta medida, resultante de la suba de la Canasta Básica Total (CBT) que mide el Indec, actualiza el nivel máximo de ingresos a realidad económica del país.

Quiénes pueden recibir subsidios a la luz y el gas
Para acceder a los subsidios, los interesados deben inscribirse en el Registro de Acceso a los Subsidios de Energía (RASE), un trámite que puede realizarse a través del sitio web oficial del Gobierno. Se recomienda tener a mano documentación esencial como el número de medidor, el número de cliente, el último ejemplar del DNI de los residentes mayores de 18 años, y una dirección de correo electrónico, entre otros.

La segmentación de usuarios se organiza en tres niveles:

Segmento de ingresos altos (N1): No reciben beneficio. Incluye hogares con ingresos mensuales totales superiores al umbral establecido, propietarios de tres o más vehículos de menos de cinco años de antigüedad, tres o más inmuebles, o bienes de lujo.

Segmento de ingresos medios (N3): Pueden solicitar el subsidio. Comprende a aquellos hogares con ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11, ajustándose por condiciones particulares como la presencia de personas con discapacidad.

Segmento de menores ingresos (N2): También elegibles para el subsidio, este grupo incluye a hogares con ingresos netos inferiores a $495.798,32, con ajustes por condiciones especiales.

¿Cómo inscribirse para recibir subsidios?
El Gobierno nacional mantiene abierta la inscripción del registro para solicitar el mantenimiento de los subsidios a la energía eléctrica y el gas natural, cuya inscripción es obligatoria en caso de que se desee continuar con el beneficio.

Los interesados deberán ingresar al siguiente sitio Web: www.argentina.gob.ar/subsidios y realizar un trámite que en principio debería demorar sólo unos minutos.

Antes de empezar el trámite vía online desde la Secretaría de Energía de la Nación recomiendan tener a mano la siguiente documentación:

– El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red. Se puede ingresar al siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/subsidios/facturas

– El último ejemplar de tu DNI.

– El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.

– Los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar mayor de 18 años.

– Una dirección de correo electrónico.

– Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.

¿Qué se necesita para iniciar el pedido de subsidios?
– Datos personales: vas a necesitar tu DNI y el de quienes conviven con vos en el domicilio para el cual vas a solicitar el subsidio. Además, vamos a requerir información sobre tu situación laboral, ingresos mensuales totales del hogar y tu número de CUIT o CUIL.

– Datos de los servicios: tené a mano los números de medidor, de cliente, cuenta, servicio, contrato y/o NIS (Número de Identificación del Suministro) que están en tus facturas de luz y/o gas para que podamos asociarlos con tu hogar.

Tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.

Vale remarcar que aunque el beneficiario no sea el propietario del domicilio, va a recibir el subsidio como persona usuaria de los servicios. Si la factura no llega a nombre del inquilino, igual se puede realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no el beneficiario no es la persona titular.

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